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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 62
AMPARO, INTERRUPCION DEL TERMINO PARA INTERPONERLO (RECURSOS ORDINARIOS IMPROCEDENTES EN MATERIA ADMINISTRATIVA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 62
La tramitación y resolución de recursos administrativos no previstos en las leyes respectivas, pero que a pesar de esto fueron tramitados, sí interrumpen el término que se concede para la interposición de la demanda de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1582/52. Jiménez J. Salvador. 3 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Nicéforo Guerrero.