Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318367
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318367
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 198
SOBREHABERES PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 198
Si se otorgó la protección de la Justicia Federal a miembros del ejército por habérseles negado el año de mil novecientos cuarenta y siete el pago de sobrehaberes, y con apoyo en dicha ejecutoria los quejosos pretenden que se les paguen sobrehaberes que corresponden al año de mil novecientos cuarenta y ocho, en virtud de que en ese año se suprimió la partida correspondiente a los "encuadrados", a quiénes correspondía en mil novecientos cuarenta y siete el pago de sobrehaberes antes mencionado, debe decirse que para que pudieran obtener compensación de servicios especiales, que sería el único supuesto de que recibiesen sobrehaberes, la partida presupuestal correspondiente exige, para su aplicación, acuerdo del Presidente de la República, por lo que, si los quejosos no demostraron que exista a su favor ese acuerdo del Ejecutivo, es evidente que no pueden gozar de compensaciones especiales ni disfrutar de sobrehaberes en mil novecientos cuarenta y ocho.
Precedentes
Queja 79/49. Navas Suárez José y coag. 8 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CXVI página 390. Queja en materia administrativa 337/49. Tesorero General de la Federación. 6 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.