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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 261
COOPERATIVA, CANCELACION DE LA AUTORIZACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 261
Descubiertas las irregularidades esenciales existentes en el funcionamiento de la cooperativa quejosa, por visita y acta levantada, en forma legal por la Secretaria de Economía, y habiendo conocimiento de dichas irregularidades por la propia cooperativa, sin que esta haya demostrado su inexistencia, a pesar de los plazos que la secretaría le dio para que informara, alegara y probara lo que conviniera a sus intereses tal negligencia sólo es imputable a la quejosa por lo que debe estimarse legal la cancelación de la autorización que se le otorgó para funcionar, y procede negarle el amparo de la Justicia de la Unión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1024/53. Sociedad Cooperativa de Transportes Urbanos y suburbanos del Estado de Hidalgo, S. C. L. 10 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: Octavio Mendoza González.