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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318396
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 462
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA FISCAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 462
Si en la demanda de oposición la actora manifestó rendir, entre otras pruebas, un dictamen pericial que no fue tomado en consideración por la autoridad demandada, es justificada, por una parte, que la actora hubiera rendido prueba pericial ante el Tribunal Fiscal y que éste último la hubiera tomado en debida cuenta para resolver la controversia; siendo inconsistente el agravio en que se afirma que la prueba pericial debió haberse ofrecido ante la autoridad fiscal.
Precedentes
Revisión fiscal 3744/48. Secretaría de Hacienda y Crédito Público ("Chicle Adams", S. A.). 24 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.