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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 548
SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, PROCEDENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 548
Si el amparo se encontraba pendiente de resolución al entrar en vigor las recientes reformas a la ley reglamentaria de ese juicio, y el acto procede de autoridades administrativas y no se reclama la constitucionalidad de una ley, ni la parte recurrente ha promovido en el término que señala el artículo 5o. transitorio de la repetida Ley de Reformas y Adiciones a la Ley de Amparo, con fundamento en esa disposición debe decretarse el sobreseimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8313/45. Sierra Delfino y coags. 5 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.