Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318457
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 974
INSPECTORES DE RECURSOS HIDRAULICOS, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 974
Los inspectores de aprovechamiento hidráulicos dependientes de la secretaría del ramo, carecen de facultades para proceder, de propia autoridad, a dictar medidas que afecten los derechos de propiedad y posesión de las tierras que puedan hallarse afectadas por las leyes expedidas sobre irrigación, pues tal conducta es exclusiva de las autoridades judiciales, y la de los citados inspectores, salvando la vía y procedimiento judicial, viola las garantías que amparan los artículos 14, 16 y 27 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7290/50. Compañía Fraccionadora Civil Ltd. 17 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.