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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 980
IMPUESTOS SOBRE EXPLOTACION FORESTAL (LEYES AUTOAPLICATIVAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 980
La Ley del Impuesto sobre Explotación Forestal es autoaplicativa, y por su sola publicación causa perjuicios a los afectados, pues basta leer el texto de su artículo 3o., reformado, en su fracción III, que dice que los permisos únicos y los pasos de anualidad se otorgarán previo pago de los impuestos forestales, para entender que con la sola expedición de la reforma se causa a los quejosos el perjuicio consiguiente y, por ende, se les impone una obligación de inmediato cumplimiento, ya que para obtener los permisos correspondientes es necesario hacer el pago por anticipado de los impuestos forestales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1990/52. Compañía Maderera Sierra Madre, S. A. 21 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Franco Carreño.