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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1225
DIVIDENDOS, MULTAS A LAS SOCIEDADES POR NO PRESENTAR DECLARACIONES SOBRE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1225
La ley que rige la materia, impone a las sociedades, la obligación de presentar sus declaraciones sobre dividendos para los efectos del pago del ocho por ciento, así como la de retener el importe del impuesto y hacer el pago del mismo; ésta es una carga legal que gravita sobre las sociedades y que no puede ser modificada por acuerdo de los socios, tanto más cuanto que, unos y otra tienen personalidad diversa. Por lo tanto, no procede la defensa que interponga la sociedad afectada, consistente en no haber producido las declaraciones y no haber retenido el importe del impuesto porque así fue acordado por los socios.
Precedentes
Revisión Fiscal 11/53. "Proveedora de Pieles y Calzado", S.A. (Séptima Sala del Tribunal Fiscal de la Federación). 30 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.