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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 11
INTERES JURIDICO, FALTA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 11
Para que exista afectación de intereses jurídicos que pueda reclamarse por vía de amparo, se hace indispensable y necesario que se pruebe en el transcurso del juicio constitucional que se tiene un derecho adquirido, a nombre de los quejosos, y de no comprobarse ese derecho, debe sobreseerse, de acuerdo con el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4037/52. Sinde Gesto Amador y coags. 6 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.