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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 63
TRABAJADORES DE PLANTA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 63
Para la existencia de esta clase de puestos, se requiere que las labores desarrolladas por un trabajador formen parte de las actividades normales constantes y uniformes de la negociación, esto es, la necesidad del servicio; ahora bien, la anterior situación no queda desvirtuada por el solo hecho de que el nombre del trabajador no aparezca entre el personal de planta que se especifica en el contrato colectivo de trabajo ya que esa circunstancia, por sí sola, no puede definir la característica de trabajo eventual o de planta.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3766/52. Alcántara Flores María de Jesús. 9 de abril de 1953. Unanimidad a de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.