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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 72
EMPLAZAMIENTO EN EL AMPARO, FALTA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 72
Si no aparece acreditado que la parte tercera perjudicada haya sido emplazada en el juicio de garantías, procede mandar reponer el procedimiento para que se llene esa omisión en la tramitación del juicio, a fin de que dicha parte tercera perjudicada pueda intervenir en defensa de sus intereses en el juicio de referencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5136/52. Ruiz Ocaña María. 10 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.