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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 76
RECURSOS EN MATERIA SANITARIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 76
Para que proceda el amparo en materia administrativa, es necesario que el quejoso haya agotado los recursos que para combatir las resoluciones de carácter sanitario establece el código de la materia, por lo que no habiendo agotado dichos recursos el quejoso, en los términos del artículo 347 y demás relativos del Código Sanitario, existe motivo de improcedencia y debe sobreseerse en el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4945/52. Fernández Francisca C. viuda de. 10 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.