Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318523
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 101
TITULOS PROFESIONALES, REGISTRO DE LOS (MANDATO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 101
El artículo 36 de la Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. Constitucionales, al hablar en su segunda parte del mandato para asunto judicial o contencioso administrativo, establece la exigencia del título profesional debidamente registrado en los términos de la ley, cuando el mandato se otorga para "determinado" asunto, es decir, limitativamente para el negocio materia de la controversia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4748/52. Compañía Packard Bell de México, S. A. 13 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.