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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318524
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 124
EJIDOS, DOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 124
Si la resolución presidencial dotatoria afecta únicamente predios determinados, con expresión de dichos predios y de sus respectivos propietarios, especificándose con claridad la forma de localizarlos, de acuerdo con el plano respectivo aprobado por el Departamento Agrario, y en dicha resolución presidencial no se afectó el predio propiedad del quejoso, ni se hizo siquiera mención de él, la orden para la desocupación o entrega de tal predio que dicte o pretenda dictar la autoridad agraria, es violatoria de garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3885/52. Gil Piñón Francisco. 15 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.