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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 296
DIVIDENDOS, IMPUESTO SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 296
El legislador, al expedir la Ley de Industrias de Transformación, nunca tuvo la intención de liberar a los socios de las empresas del pago del impuesto del 8% sobre dividendos, sencillamente porque cuando se expidió dicha ley el 13 de mayo de 1941, no existía el expresado impuesto, que se creó hasta el 22 de enero de 1943; de donde se ve que el legislador nunca pudo pensar en exceptuarlos de un impuesto que no existía en el momento de otorgarse la exención de que se trata.
Precedentes
Revisión fiscal 108/52. Procuraduría Fiscal (Fábrica de Ladrillos Industriales y Refractarios, S.A.). 11 de mayo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Ponente: José Rivera Pérez Campos.