Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318545
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
318545
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 301

SEGURO SOCIAL, LAS INSTITUCIONES DE BENEFICENCIA PRIVADA NO TIENE OBLIGACION DE PAGAR CUOTAS AL.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 301

Precedentes

Revisión fiscal 246/50. Instituto Mexicano del Seguro Social (Institución de Beneficencia Privada "Fundación Luz Bringas"). 11 de mayo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 318545