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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 357
PERMUTAS EN MATERIA AGRARIA (IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 357
Si decretada la permuta de terrenos de un ejido por otros de propiedad particular, aparece la imposibilidad física de llevarla a completo cumplimiento, por resultar que una fracción del terreno particular pertenece a tercero ajeno a la permuta, la autoridad administrativa, carece de facultad para dictar órdenes que obliguen al particular a entregar la propiedad ajena, pues aun cuando en sus facultades esté la de dictar órdenes pertinentes a fin de que sean ejecutadas en sus términos las resoluciones presidenciales en materia agraria, se entiende que tales órdenes no deben ser en mengua de garantías constitucionales, y si además estas órdenes llegan a cancelar el propio contrato de permuta, la autoridad responsable emplea facultades que son privativas de la autoridad judicial por lo que es evidente que viola garantías consignadas en los artículos 14 y 16 de la Constitución.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 311/53. Pacheco Andrés sucesión de. 5 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.