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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 388
BAJA EN EL EJERCITO, EFECTOS DEL AMPARO CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 388
Si el único acto reclamado en un juicio de garantías consistió en una orden de baja dictada por la Secretaría de la Defensa, la sentencia de amparo fue congruente con la demanda al limitar la protección a la reposición del quejoso en el empleo que desempeñaba hasta la fecha de su baja, y en consecuencia, al aparecer que tal reposición fue ya cumplida, debe estimarse también cumplida la ejecutoria en sus términos, sin que pueda reclamar por vía de queja, por defecto en la ejecución, el pago de haberes caídos durante el tiempo que duró esa baja, por que la privación de esos haberes no fue materia del amparo ni de la sentencia recaída en él, y no puede válidamente darse a dicha sentencia mayores alcances que los indicados.
Precedentes
Queja en materia administrativa 12/53. Secretaría de la Defensa Nacional. 6 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: José Rivera Pérez Campos.