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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 472
IMPUESTOS, CONSENTIMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 472
Es correcto el sobreseimiento que dicta el Juez de Distrito apoyándose en la certificación hecha por el actuario al practicar la inspección en los archivos oficiales, en la cual da fe de que en el correspondiente expediente administrativo existe una solicitud del quejoso para llegar a un acuerdo respecto a la cantidad y la forma de hacer el pago del impuesto que impugna, así como el convenio mismo celebrado sobre el particular entre las responsables y el quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9810/50. Martínez del Cañizo viuda de Gómez María. 11 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.