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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 725
QUEJA EXTEMPORANEA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 725
Es extemporánea la queja formulada antes de tiempo, o sea cuando la resolución recurrida no existía, y lo es también la que se formule fuera del término de ley, contra la propia resolución dictada más tarde; pues no debe considerarse, en tal caso, que se trate de una sola queja, por la materia; sino que en realidad se trata de dos recursos de queja, intentados ambos extemporáneamente.
Precedentes
Queja en materia administrativa 662/47. López Ascensión. 29 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Ponente: José Rivera Pérez Campos.