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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 727
QUEJA POR INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 727
Si se otorgó la protección federal contra la autoridad administrativa por actos consistentes en la negativa para la expedición de una tarjeta de permiso de ruta para servicio público de transporte, el cumplimiento de la ejecutoria debe consistir en que las responsables expidan la tarjeta aludida, y si no lo han hecho, resulta procedente la queja que se haga valer ante el Juez de Distrito, y por tanto, infundadas las que se formulen contra el acuerdo del Juez que declare fundada la queja mencionada; sin que sea óbice que el quejoso amparado hubiese intentado nuevo amparo, que en forma alguna desvirtúa la ejecutoria obtenida y los derechos que ésta le confiere.
Precedentes
Queja en materia administrativa 27/46 y 30/46 (acumulados). Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas y coags. 29 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Ponente: José Rivera Pérez Campos.