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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 876
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL (SUELDOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 876
No son deducibles las cantidades pagadas como sueldo y demás remuneraciones al gerente y a los miembros del consejo de administración de las sociedades, que excedan de la tarifa respectiva, al tenor de la fracción V del artículo 39 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, estimándose en tal caso los excedentes como participación en las utilidades.
Precedentes
Revisión fiscal 135/52. Gran Motor, S. A. 22 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez