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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 917
AMPARO, ALCANCE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 917
Si de los términos de la ejecutoria se deduce claramente que la protección otorgada queda limitada a los actos positivos de concesión de permisos, autorizaciones, otorgamiento de guías forestales para movilización de materias extraídas de predios propiedad de la quejosa y, exportación de los mismos, protección que se apoyo exclusivamente en que los actos reclamados carecen de base y motivación legal no puede extenderse el alcance del amparo a otros efectos distintos, máxime si se han cancelado los permisos y guías extendidos al tercero en perjuicio de la quejosa, por lo cual no existe ya materia para la queja.
Precedentes
Queja en materia administrativa 188/52. Anaya Rodríguez de Nussgen Amparo. 21 de febrero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.