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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318642
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 953
PELICULAS, IMPUESTO SOBRE EL ALQUILER DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 953
Como el artículo 3o, de la Ley Federal sobre Ingresos Mercantiles publicada el treinta y uno de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete, que estuvo en vigor durante el año de mil novecientos cuarenta y ocho, establece que "por ingreso por prestación de servicios" debe entenderse el importe total que percibe la persona que da el servicio, y de manera enunciativa incluye dentro del precepto mencionado los ingresos obtenidos por las empresas, negociaciones o actividades que señala, comprendiendo entre ellas la prestación de servicios a solicitud del cliente, es indudable que debe admitirse que la simple lectura del precepto mencionado revela que, dentro de los elementos que en el mismo se contienen, o sea que en establecimiento fijo realicen (las personas afectadas), trabajos de maquila o de reparación o compostura de cosas muebles, a la prestación de servicios, la ejecución de trabajos o manufacturas a solicitud del cliente, no se comprende el alquiler de películas, ya que dicha actividad, estrictamente, no sólo no es una prestación de servicios, como tampoco es ninguna de las otras actividades enunciadas, y aun en el supuesto de que lo fuera, no queda dentro de la exigencia que rige esas mismas ocupaciones, o sea, de que se realicen en establecimiento fijo; de manera que no es de aceptarse que dentro del dispositivo en cuestión, se comprenda el alquiler de películas que fue necesario incluir, con otros diversos casos, en la reforma que se hizo de la ley de la materia.
Precedentes
Revisión fiscal 167/52. Procuraduría Fiscal de la Tesorería del Distrito Federal (20th Century Fox Film de México). 26 de febrero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca.
Tomo CXV, pág. 7. Revisión fiscal 117/52. Paramount Films, S. A. 5 de enero de 1953. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.