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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1172
EXPLOTACION FORESTAL, TARIFA SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1172
El decreto que reformó la tarifa del impuesto sobre explotación forestal es autoaplicativo, en cuanto dispone una modificación en el monto del impuesto que debe cubrir la parte afectada, y además tiene ejecución material consistente en el cobro de la nueva tarifa, así como en la exigencia de la autoridad forestal de que se cubra el impuesto respectivo para expedir la documentación de transporte correspondiente.
Precedentes
Competencia 245/52. Suscitada entre los Jueces de Distrito Segundo en Chihuahua y Primero en Materia Administrativa en el Distrito Federal.13 de mayo de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
Quinta Epoca:
Tomo CXVII, pág. 979. Amparo administrativo en revisión 1990/52. Compañía Maderera Sierra Madre S. A. 21 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Franco Carreño.