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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318748
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 433
IMPUESTOS, DISPOSICIONES EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 433
En materia de impuestos existen dos disposiciones: las que fijan su monto, los sujetos del mismo, la forma en que deben causarse y recaudarse, y las que enumeran anualmente cuáles impuestos deben cobrarse; en el concepto de que cuando la decisión es en el sentido de que se siga causando el impuesto, en la forma de alguna de las disposiciones de la primera clase, sólo se hace referencia en los términos aplicados anteriormente. Ahora bien, la Ley de Ingresos que anualmente se expide por el Congreso de la Unión, no contiene sino un catálogo de los impuestos que deben cobrarse en el año fiscal. Por tanto, si se pagan impuestos en un año, no puede al siguiente impugnarse la ley para el mismo, porque entonces se combate una situación jurídica ininterrumpida cuando en dicha ley se incluye un impuesto cobrado el año anterior y consentido, razón por la cual debe sobreseerse en el amparo que se pida contra la nueva ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5194/50. Compañía Explotadora y Realizadora de Bienes Raíces, S. A. 5 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y ponente: Nicéforo Guerrero.
Quinta Epoca:
Tomo CIX, página 116. Amparo administrativo en revisión 1081/50. "Jabones Vergara", S. A. 4 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CVIII, página 427. Amparo 4591/50. Santiesteban E. Hermenegildo y coagraviados. 9 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CVII, página 463. Amparo 4414/50. "Cervecería Yucatán", S. A. 24 de enero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CVI, página 1533. Amparo administrativo en revisión 10239/49. Repertorio de Música Novak, S. A. 16 de noviembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.