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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318755
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 460
IMPUESTOS, EFECTOS DEL AMPARO CONTRA EL COBRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 460
Si la protección federal se concedió contra leyes y decretos que se estimaron inconstitucionales, únicamente en cuanto a la aplicación de esas leyes o decretos a un período fiscal de cobro del impuesto sobre la renta, el fallo protector debe cumplirse no exigiendo al quejoso el impuesto en el mencionado periodo; pues de otro modo sería desnaturalizar la esencia de las leyes de carácter fiscal, que tienen una periodicidad anual limitada, según los artículos 65, fracción II, y 73, fracción VII, de la Constitución Federal.
Precedentes
Queja en materia administrativa 200/52. Oficina Federal de Hacienda en Piedras Negras, Coahuila. 9 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.