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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 477
LEYES, AMPARO CONTRA LA EXPEDICION, PROMULGACION, REFRENDO Y PUBLICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 477
Si bien los actos de expedición, promulgación, refrendo y publicación de una ley se realizan en forma tal que no pueden ya quedar insubsistentes como consecuencia de una ejecutoria de amparo, si esos actos se traducen en la vigencia de la ley y ésta a su vez, en su aplicación a casos concretos, como esos defectos de la ley son imputables no sólo a las autoridades que intervienen en su aplicación, sino a aquellas de quienes emana la ley misma o que han participado en los actos de que, de manera inmediata, emana su vigencia, sí son susceptibles de reparación, en cada caso concreto y en cuanto a esos actos no es aplicable la causa de improcedencia establecida por el artículo 73, fracción IX, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6467/50. Compañía Industrial de Tlaxcala, S.A. y coags. 16 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.