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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 488
EXPENDIOS DE VENTAS AL MAYOREO Y MENUDEO, EXENCION DE IMPUESTOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 488
Las exenciones establecidas en el artículo 9o. de la Ley del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, no hacen distinción entre los casos de ventas al menudeo o al mayoreo, por lo que no puede limitarse al número de establecimientos exentos del impuesto sobre ingresos mercantiles de que habla el aludido precepto, únicamente a los expendios que se dedican a las ventas al menudeo.
Precedentes
Revisión fiscal 16/53. Secretaría de Hacienda (Abarrotes y Cereales, S. de R. L.). 18 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.