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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 661
INGRESOS MERCANTILES, CAUSANTES DE IMPUESTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 661
El Decreto de dos de febrero de mil novecientos cuarenta y ocho, que precisó como debía interpretarse la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, en sus incisos c) y f), de su artículo 1o., estableció dos situaciones para las tiendas de abarrotes, la primera, en la que podían deducir del pago de impuesto aludido el 50% de sus ingresos, y la segunda, que las autorizaba, en el caso de llevar su contabilidad en la forma en que lo ordenaba la Secretaría de Hacienda, a deducir los ingresos por artículos exentos y los que no lo son, como bebidas alcohólicas en botella cerrada.
Precedentes
Revisión fiscal 84/52. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (Llano Jacinto). 25 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González La publicación no menciona el nombre del ponente.