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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 873
COPIAS CERTIFICADAS COMO PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 873
Si el quejoso intenta rendir como pruebas en el amparo, expedientes que no pueden remitirse por no ser actuaciones concluidas, es él quien tiene la obligación de solicitar la expedición de las constancias respectivas y obtener la copia certificada correspondiente; puesto que los juzgadores sólo la reciben y califican, además de intervenir para excitar a las autoridades remisas a la obtención de copias certificadas, en los términos de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2501/49. Alvarez Angel. 9 de enero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.