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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318812
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 973
REVISION INTERPUESTA POR EL EJECUTIVO FEDERAL (LEYES, EXPEDICION, PROMULGACION Y PUBLICACION DE LAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 973
El Presidente de la República está legitimado para recurrir los fallos que amparan contra la expedición y promulgación de una ley, en nuestro sistema constitucional, y sin quebranto del principio fundamental de división de los poderes, el Ejecutivo tiene intervención en la elaboración de las leyes a través de su derecho de iniciativa y de veto. La promulgación y publicación corresponde al Ejecutivo y son imprescindiblemente necesarias para que la ley pueda tener vida y observancia; de donde se deduce que la autoridad legislativa no tiene propiamente el carácter de ordenadora sino de creadora del derecho, del conjunto de normas abstractas y generales que distan de ser órdenes concretas e individualizadas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7639/49. Automotriz Occidental, S. A. 28 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.