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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 223
AFOROS, CARACTER DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 223
No puede atribuirse a los valores de aforo el carácter de disposición hacendaria que requieran el refrendo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del artículo 8o. del Código Fiscal de la Federación, pues el impuesto emana del decreto respectivo del Congreso de la Unión, y el señalamiento del valor del aforo a los artículos que se encuentren en el caso del citado decreto, es un acto que si bien repercute en el monto del impuesto respectivo, en manera alguna es la causa de éste, ni impone por si solo obligación de ninguna especie a los causantes, sino simplemente es el medio de hacer posible la determinación del monto de un impuesto, que se encuentra en relación directa con el valor de los artículos gravados, sujetos a constantes modificaciones en el mercado.
Precedentes
Revisión fiscal 32/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Sociedad Mercantil "Juan E. Martínez", sucesión, S. en C.). 10 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CXI, pág. 1650. Revisión fiscal 72/51. Baca y García. 10 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CVII, pág. 801. Revisión fiscal 6901/50. Navarro Alfredo. 1o. de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CVI, pág. 1974. Revisión fiscal 26/48. Martínez Juan E. sucesores. 27 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Nicéforo Guerrero.