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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 405
TRIBUNAL FISCAL, RECURSOS CONTRA LAS RESOLUCIONES DEL, QUE CONTRARIAN LA JURISPRUDENCIA DEL PLENO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 405
El artículo 156 del Código Fiscal de la Federación, al disponer que si alguna de las Salas del Tribunal Fiscal dicta un fallo contra la jurisprudencia del Pleno del propio tribunal, el perjudicado puede ocurrir en queja al mismo Pleno, establece un recurso ordinario o medio de defensa que no es potestativo, sino obligatorio agotarlo antes de ocurrir al amparo.
Precedentes
Revisión fiscal 344/51. Melo viuda de Melo Enriqueta. 4 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.