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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 501
VIAS DE COMUNICACION, RECURSOS CONTRA RESOLUCIONES EN MATERIA DE (PERMISOS DE RUTA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 501
El artículo 251 del Reglamento de Explotación de Caminos de la Ley de Vías Generales de Comunicación, no suspende los efectos de los actos reclamados en los términos de la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, efectos que en el presente caso se traducen en la inmediata paralización del servicio público de transportes que viene prestando la quejosa al amparo de los permisos que le fueron cancelados. Por tanto, no es necesario agotar ese recurso previamente a la promoción del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1556/52. Líneas Unidas del Norte. 13 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.