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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 665
HERENCIAS Y LEGADOS, CARACTER DE LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 665
No es exacto que la Ley de Herencias y Legados y sus reformas, por su sola expedición, promulgación y publicación, tengan el carácter de autoaplicativas, ya que por los términos mismos de su redacción, requieren evidentemente la intervención posterior de las autoridades encargadas de su cumplimiento para su aplicación concreta; es decir, el acto material de ejecución de esas disposiciones comienza a generarse cuando se formula la liquidación para el pago de los impuestos respectivos, y no por el hecho de haber entrado en vigor las reformas en la fecha que señala el artículo 2o., transitorio, se debe estimar que existe desde entonces dicho acto material de ejecución, porque esta situación no implica la autoaplicabilidad de esas reformas, por requerirse que las autoridades encargadas del cobro de los impuestos pongan en actividad sus facultades correlativas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 615/52. Viruete Murguía Ramona. 27 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.