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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 758
IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS SOCIEDADES Y A SUS SOCIOS (AGENTES ADUANALES).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 758
La distinción que debe hacerse entre la personalidad jurídica de una sociedad y la de los socios o accionistas de la misma, es válida para la materia tributaria o fiscal. Por tanto, aunque los agentes aduanales no sean causantes, en lo personal, en cédula I, del pago del impuesto sobre la renta, sino en cédula V, ello no quiere decir que la sociedad que los mismos formen no debe cubrir el impuesto en cédula II, como tal sociedad.
Precedentes
Revisión fiscal 221/51. Secretaría de Hacienda y Crédito Público ("Martínez Ortega y Compañía, sucesores", S. de R. L.). 10 de septiembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.