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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 60
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CONSTITUCIONALIDAD DE LA FRACCION IX BIS DEL ARTICULO 15 DE DICHA LEY Y DEL ARTICULO 67 BIS DE SU REGLAMENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 60
Gravando la citada ley en cédula I, la utilidad de las sociedades mercantiles y el primero de los preceptos indicados, también en cédula II, a los socios, no se establece una doble tributación, en virtud de que los artículos 2o., de la Ley General de Sociedades Mercantiles y 25, fracción III, del Código Civil, dan personalidad jurídica a la ficción legal indicada, y como la ley no establece excepción alguna para fines fiscales y la citada ficción tiene un valor igual o superior al de la realidad, tampoco se rompe la proporcionalidad y equidad requeridas por el artículo 31 de la Constitución General de la República.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2534/48. Automotriz Mexicana, S. A. y coagraviados. 2 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Nicéforo Guerrero.
Quinta Epoca:
Tomo CXI, página 57. Amparo en revisión 3934/49. Compañía. Maderera de Guerrero, S. A. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Nicéforo Guerrero.
Tomo CX, página 604. Amparo administrativo en revisión 3875/49. "López Hermanos.". 19 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.