Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318986
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
318986
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 59

IMPUESTO DEL OCHO POR CIENTO.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 59

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2534/48. Automotriz Mexicana, S. A. y coags. 2 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CXI, pág. 57. Amparo en revisión 3934/49. Cía. Maderera de Guerrero, S. a. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CX, pág. 604. Amparo administrativo en revisión 3875/49. "López Hnos.". 19 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
Registro digital (IUS): 318986