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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
318994
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 207

BAJA EN EL EJERCITO, REQUISITOS PARA DECRETARLA.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 207

Precedentes

Amparo 5176/51. Borja Aguilar Rafael. 16 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LXXXII, página 2048. Amparo administrativo en revisión 4143/43. Bailón Beltrán Luis y coags. 25 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen VII, página 70, tesis de rubro "MILITARES AUXILIARES. SU BAJA SOLO PUEDE ORDENARLA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.". Volumen XLIII, página 63, tesis de rubro "MILITARES. BAJAS.".
Registro digital (IUS): 318994