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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 750
CONCEPTOS DE VIOLACION, TIENEN VALIDEZ AUN CUANDO NO SE CITEN LOS PRECEPTOS LEGALES VIOLADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 750
Concretados debidamente los conceptos de violación en la demanda de garantías el hecho de que se omitan los preceptos de la ley del acto que se estimen violados, no impide que los mismos tengan la validez requerida, pues la tesis jurisprudencial número 244 del apéndice al Tomo XCVII del Semanario Judicial de la Federación, no debe entenderse en el sentido de que es necesario mencionar los artículos que fueron violados, sino únicamente en el que se concrete propiamente una violación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6100/51. Giardielo Vigilante Ángel. 3 de mayo de 1952. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.