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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1236
INGRESOS MERCANTILES, LEY DEL IMPUESTO SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1236
Para aplicar esta ley, se hace necesario que los particulares perciban ingresos sobre actos de comercio, por lo que en el caso de que la prestación de un servicio, sólo amerite el reembolso de los gastos que demanda, sin fijar precios, ni contraprestación alguna por el servicio prestado, el contrato por el cual se realizan tales actos, no es oneroso con la sola percepción de los gastos causados, ni constituye un ingreso de los gravados por la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4476/49. Compañía Impulsora de Empresas Eléctricas, S. A. 20 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rivera Pérez Campos. Relator: Nicéforo Guerrero.