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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319076
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1494
BILLARES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1494
Estan sujetos a la Ley del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles: aun cuando las actividades de estos establecimientos están incluidos dentro de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, no tienen el carácter de espectáculos, diversiones públicas, juegos permitidos con apuestas, loterías, etc., exentos del impuesto sobre ingresos mercantiles, según el artículo 9o., fracción III inciso L de la ley de la materia; y, por lo mismo, deben tributar con arreglo a ella.
Precedentes
Revisión fiscal 45/51. Pardo Márquez Rómulo. 29 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.