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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1712
EXENCION DE IMPUESTOS LA OBTENIDA POR LAS SOCIEDADES RESPECTO AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA NO COMPRENDE A SUS SOCIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1712
La exención del impuesto sobre la renta en cédula II, que hubiere sido concedida a una empresa o sociedad, no alcanza, por lo que toca al 8% sobre dividendos, a las personas físicas de sus socios, en virtud de que, para que fuera de esta manera, sería necesario que existiera un precepto legal que así lo estableciera, toda vez que las exenciones de impuestos son excepciones a la regla general que establecen los preceptos legales respectivos.
Precedentes
Revisión fiscal 277/50. López Figueroa Francisco. 12 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.