Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/319094
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2034
IMPUESTOS, EXENCION DE, A ASOCIACIONES DEPORTIVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2034
Como el causante del impuesto predial, es ante todo, el propietario del predio, si dicho dueño es una persona moral distinta del club deportivo instalado en dicho predio, es incuestionable que la exención que concede el artículo 6o. del decreto de veintiocho de abril de mil novecientos cuarenta y cuatro, no alcanza ni beneficia al multicitado propietario, por el solo hecho de haberlo dado en comodato a una persona moral distinta.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 112/49. "La Nacional", Compañía de Seguros sobre la Vida, S. A. 29 de agosto de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Manuel Bartlett. Disidente: Franco Carreño. Ponente: Nicéforo Guerrero.