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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 113
COPIA AL CARBON.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 113
El simple envío de una copia al carbón a los peticionarios que se dirigen a una autoridad, no satisface la exigencia establecida por el artículo 8o., de la Constitución que impone a ésta la obligación, de: comunicar al peticionario, en breve término, el acuerdo recaído a su solicitud.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8577/50. Velasco Tovar Luis y coagraviados. 3 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.