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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319126
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 315
EMPLEADOS PUBLICOS, CESE ILEGAL DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 315
En virtud de que la fracción II del artículo 89, de la Constitución establece la facultad del Presidente de la República para nombrar y remover libremente a los empleados federales, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo por la propia Constitución o por las leyes, tratándose de empleados o funcionarios que hayan sido designados para el cargo que ocupan, "por acuerdo del Presidente de la República", sólo pueden ser cesados en la misma forma, sin que puedan removerlos, los secretarios de Estado, si no están autorizados por la ley expresamente para llevar a cabo dicha remoción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4167/51. Suárez Rodríguez Amador. 11 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.