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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319137
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 400
NOMBRE COMERCIAL, IMITACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 400
De acuerdo con el artículo 53 de la Ley de Nombres Comerciales, si al traspasarse o venderse un establecimiento mercantil, no se hace estipulación expresa de que se reserva el uso exclusivo del nombre para el que vende o para el que compra, la reclamación de imitación que formule el vendedor, por el uso que haga del nombre comercial el comprador, es infundada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5355/50. Necchi Paolo. 15 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Nicéforo Guerrero y Manuel Barlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.