Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/319160
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
319160
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 935

HERENCIAS Y LEGADOS, DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1947.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 935

Precedentes

Amparo 7765/50. Burgoa de la Cueva Emilia María. 29 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CVII, página 659. Amparo 7339/50. Valdés Meana Bernardo. 29 de enero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CIII, página Amparo administrativo en revisión 9813/49. Zuccoli Cremona Angel. 8 de marzo de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.
Registro digital (IUS): 319160