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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 105
CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 105
Compete exclusivamente al Poder Judicial de la Federación juzgar sobre la inconstitucionalidad de las leyes, por lo que es inconsistente pretender que esta clase de cuestiones las resuelva el Tribunal Fiscal de la Federación.
Precedentes
Tomo CIX, página 3078. Indice Alfabético. Amparo en revisión 3061/51. Soc. L. Coenaga y Compañía, S. de R. L. y C.V. 31 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.
Tomo CIX, página 3078. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2253/51. L. Coenaga y Compañía, S. de R. L. y C.V. 29 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Manuel Bartlett Bautista.
Tomo CIX, página 3078. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 2577/51. Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana. 20 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Manuel Bartlett Bautista.
Tomo CIX, página 105. Amparo administrativo en revisión 2078/50. Harinera de Navojoa, S.A. 4 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.